martes, 8 de diciembre de 2009

FORMAS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO

Agrupamos las causales en cinco categorias.

1.- CAUSALES OBJETIVAS DE TERMINACIÓN:

- La expiración del plazo pactado:

En los contratos a término fijo: se termina el contrato de trabajo cuando se vence el plazo por el cual se contrato al trabajador.
En los contratos de obra o labor contratada: el contrato de trabajo se termina cuando se termina dicha obra o labor.

- La muerte del trabajador: como la actividad personal es elemento esencial del contrato de trabajo, el fallecimiento del trabajador automáticamente causa la extinción del vinculo.
Cuando un trabajador fallece, el empleador tiene la obligación de:
- Comunicar el hecho del fallecimiento a la entidad de seguridad social a la que se encontraba afiliado y a la caja de compensación familiar.
- Cancelar los salarios adeudados y las prestaciones sociales causados a los herederos.
- En cuanto a los gastos de entierro y a la transmición de derechos pensionales le corresponde o está a cargo de la seguridad social siempre y cuando el trabajador hubiere estado afiliado.

- La liquidación, clausura definitiva de la empresa o la suspensión de actividades: en la legislación colombiana está prohibido al empleador el cierre intempestivo de la empresa.
En los casos de liquidación o clausura definitiva de la empresa o establecimiento, o suspensión de actividades por mas de 120 días, el empleador deberá solicitar el correspondiente permiso al ministerio de protección social e informar por escrito a sus trabajadores de este hecho.
El ministerio deberá resolver lo relacionado con el permiso en un plazo de dos meses; despues de que el empleador o empresa obtenga la autorización, esta deberá pagar a los trabajadores afectados con la medida la indemnización legal que le habría correspondido al trabajador si el despido se hubiera producido sin justa causa legal.


2- CAUSALES ORIGINADAS EN LA VOLUNTAD DEL TRABAJADOR:

- La renuncia: es la manifestación libre y espontánea del trabajador de su intención de poner fin a la relación laboral.

- El despido indirecto o auto despido por culpa del empleador: es cuando el trabajador da por terminado el contrato de trabajo pero con justa causa imputable al empleador, este caso es igual a que al trabajador lo hubieran despedido sin justa causa. En estas circunstancias, el verdadero causante de la terminación del contrato es el empleador y sobre el entonces recae la responsabilidad de indemnizar.
En materia probatoria corresponde al trabajador demostrar el hecho del despido y al empleador la justificación del mismo. (leer el artículo 62 parte B del C. S. T.).

- El no regresar al trabajo una vez que cesan las causas que produjeron la suspensión del contrato: consiste en el abandono del puesto una vez haya cesado la causal que dio lugar a la suspensión del contrato de trabajo y vencido el término señalado para la reanudación de actividades, previas las comunicaciones a que haya lugar.


3.- CAUSALES ORIGINADAS EN LA VOLUNTAD DE AMBAS PARTES:

- El mutuo acuerdo: en derecho hay un principio que dice que las cosas se deshacen como se hacen; este principio faculta a las partes de común acuerdo dar por terminado el contrato de trabajo cuando a bien lo tengan.
Si ante la renuncia, el empleador pone alguna objeción, este debe exponerlo en la contestación para que el trabajador decida si termina o no unilateralmente la relación y para evitar tambien una eventual pretensión de despido indirecto.


4- CAUSALES ORIGINADAS EN LA VOLUNTAD DEL EMPLEADOR:

- El despido con justa causa por incumplimiento del trabajador: la ley ha establecido a favor del empleador la posibilidad de invocar la terminación del contrato de trabajo en presencia de las causas que establece el artículo 62 parte A del C.S.T.
El empleador que invoca el despido por justa causa, tiene que precisar en la comunicación que le hace al trabajador los hechos y circunstancias que dieron origen a tal determinación con la indicación de las modalidades de tiempo, lugar y condiciones.
Si se trata de las causales de los numerales 1 a 8 del artículo en mención, producen efecto ipso-facto, es decir, que una vez cometidas por el trabajador, el empleador puede dar por terminado el contrato inmediatamente; pero si se trata de los numerales del 9 al 15, se deberá dar aviso al trabajador con 15 días de antelación a la fecha en la cual da por terminada la relación. La omisión del preaviso, faculta al trabajador para reclamar la indemnización por despido injusto, a favor del trabajador. (leer el articulo 62 parte A del C.S.T.)

- El despido sin justa causa con indemnización: si el empleador da por terminado el contrato de trabajo sin que se haya dado algunas de las causales estipuladas para el despido por justa causa (Art. 62 C.S.T.), o si el empleador ha dado lugar a la terminación por justa causa invocada por el trabajador, en ambos casos se causa la indemnización por despido injusto, a favor del trabajador.
La indemnización comprende los perjuicios causados por concepto de daño emergente y lucro cesante.
DAÑO EMERGENTE: es el perjuicio que se ocasiona por no haberse cumplido la obligación.
LUCRO CESANTE: son las ganancias que el trabajador dejó de percibir por la terminación del contrato.


5- INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVO O JUDICIAL:

- Orden de cesación de la relación de trabajo: esta modalidad opera en los contratos de trabajo cuando se ha celebrado con menores de edad y se ha violado la edad mínima para ser admitidos en un empleo omitiéndose la autorización que expide el Ministerio de Protección Social. Pese a la celebración irregular del contrato, una vez que se declare su terminación, el empleador se encuentra obligado al pago de la totalidad de los salarios y prestaciones que se hubieren causado a favor del menor.

- Sentencia judicial: es decir, aquella providencia judicial dictada como culminación normal de un proceso, contra la cual no se interpone ningún recurso. Dicho proceso se da por incumplimiento de las obligaciones derivadas de un contrato de trabajo por algunas de las partes.
En la sentencia entonces se da por terminado el vínculo laboral contractual y se condena al pago de las indemnizaciones a que haya lugar.











3 comentarios:

  1. como puedo hacer una carta de terminacion de contrato por mutuo acuerdo

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  2. como puedo hacer una carta de terminacion de contrato por mutuo acuerdo

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