ART. 23 DEL Co.Co. (leerlo)
Hay actos que el derecho mercantíl dice que no son mercantiles para sus efectos, entre los que cuentan:
1.- La adquisición de bienes con destino al consumo doméstico....
2.- La adquisición de bienes para producir obras artísticas
3.- La adquisición hechas por funcionarios o empleados para fines de servicio doméstico.
4.- Las enajenaciones que hagan directamente.....
5.- La prestación de servicios inherentes....
Ahora bien, si cualquiera de estas actividades (ART. 23 Co.Co.), las realizamos a través de una empresa, serán mercantiles para todos sus efectos.
martes, 24 de noviembre de 2009
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